segunda-feira, 24 de janeiro de 2011

ORGANIZACION TERRITORIAL DE VENEZUELA

Organización territorial

Estado Capital Estado Capital
Flag of Amazonas State.svg Amazonas Puerto Ayacucho Flag of Mérida.svg Mérida Mérida
Banderaanzoa.GIF Anzoátegui Barcelona Bandera del Estado Miranda.svg Miranda Los Teques
Flag of Apure State.svg Apure San Fernando de Apure Flag of Monagas State.png Monagas Maturín
Flag of Aragua State.svg Aragua Maracay Flag of Nueva Esparta.svg Nueva Esparta La Asunción
Flag of Barinas State.svg Barinas Barinas Flag of Portuguesa.svg Portuguesa Guanare
Bolivar State flag.png Bolívar Ciudad Bolívar Flag of Sucre State.svg  Sucre Cumaná
Flag of Carabobo State.svg Carabobo Valencia Flag of Táchira State.svg Táchira San Cristóbal
Flag of Cojedes State.svg Cojedes San Carlos Flag of Trujillo State.svg Trujillo Trujillo
Flag of Delta Amacuro State.svg Delta Amacuro Tucupita Flag of Yaracuy State.svg Yaracuy San Felipe
Flag of Caracas-2.png Distrito Capital Caracas Flag of Zulia State.svg Zulia Maracaibo
Flag of Falcón.svg Falcón Coro Flag of Vargas State.svg Vargas La Guaira
Flag of Guarico State.svg Guárico San Juan de los Morros Federal dependencies of Venezuela's Flag.svg Dependencias Federales 1 Gran Roque
Flag of Lara State.svg Lara Barquisimeto
1 Las Dependencias Federales no poseen condición de Estado. Son una división especial del territorio.
El territorio venezolano se subdividide en 23 estados federales, un Distrito Capital —que comprende a la ciudad de Caracas—, y las Dependencias Federales —conformadas por más de 311 islas, islotes y cayos en su mayoría deshabitados—. El Estado Venezolano reclama y considera adicionalmente a la Guayana Esequiba como parte integral de la nación.
Los estados son autónomos e iguales políticamente, organizando su administración y sus Poderes Públicos por medio de una Constitución Estadal, dictada por el Consejo Legislativo de acuerdo con las leyes de la Federación. Mantienen todo el poder no delegado explícitamente al gobierno nacional y municipal, según se lee en el Artículo 164 de la Constitución.
Estados
Los gobiernos estadales se encuentran divididos en dos Poderes. El Poder Legislativo de los estados recae sobre el Consejo Legislativo unicameral, cuyos diputados son electos por voto popular, directo y secreto cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos, bajo un sistema de representación proporcional de la población del estado y sus municipios, con un mínimo de 7 y máximo de 15. Los estados pueden sancionar leyes sobre cuestiones regionales, pero las principales leyes civiles, comerciales, penales, laborales, de seguridad social y de minería son competencia de la Asamblea Nacional. El Poder Ejecutivo de los estados lo ejerce un Gobernador acompañado de los Secretarios Estadales. El Gobernador también es electo por sufragio directo y secreto para un período de cuatro años y con posibilidad a una reelección inmediata, siendo el encargado de la administración estatal. Los estados poseen otras instituciones como Contralorías Estadales y la Procuradurías. El Poder Judicial está representado por el Tribunal Supremo de la República, pero dividido en circuitos judiciales en cada estado coordinados por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Regional. El Poder Electoral está en cada estado mediante los Oficinas Electorales dependientes del CNE.[42]
Municipios
Artículo principal: Municipios de Venezuela
Los estados federales se dividen a su vez en municipios autónomos, que son la primera unidad política de la organización nacional y gozan de personalidad jurídica plena. El Poder Público Municipal no difiere mucho del modelo estadal. El Poder Legislativo delega su potestad en un Concejo Municipal que es elegido para un período de cuatro años. El Poder Ejecutivo lo ejerce un Alcalde elegido por los ciudadanos cada cuatro años. El Poder Judicial se representa en la Sede Judicial Municipal, y el Poder Ciudadano existe en una Contraloría Municipal autónoma.[43] Los municipios se subdividen en parroquias.[44] Se contabilizan en total 335 municipios y 1065 parroquias en todo el territorio nacional.
Distrito Capital
Artículo principal: Distrito Capital (Venezuela)
Los Poderes de la Federación Venezolana residen en el Distrito Capital como territorio federal, el Gobierno de la entidad es encabezado por un Jefe de Gobierno, nombrado por el Presidente de la República en nombre de la Federación, y depende legislativamente de la República por medio de la Asamblea Nacional desde 2009.

Regiones Político-Administrativas

En 1969 se creó un ordenamiento por regiones político-administrativas, el cual agrupa a los estados según sus características sociales, económicas y tradicionales, con el objetivo de fomentar el desarrollo regional. Se listan 9 regiones político-administrativas, aunque suele contarse a Táchira y el Municipio Páez de Apure como una décima Región Sur Occidental.
Véase también: Distrito del Alto Apure
Nombre Estados conformantes
Venezuela Regiones Administrativas.svg
     Los Andes Mérida, Táchira, Trujillo, Barinas y el Municipio Páez de Apure
     Capital Miranda, Vargas, Distrito Capital
     Central Aragua, Carabobo, Cojedes
     Centro Occidental Falcón, Lara, Portuguesa, Yaracuy
     Guayana Estado Bolívar, Amazonas, Delta Amacuro
     Insular Nueva Esparta, Dependencias Federales
     Los Llanos Apure (excluyendo al Municipio Páez), Guárico
     Nor-Oriental Anzoátegui, Monagas, Sucre
     Zuliana Zulia

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